Con la Ley 2056 del 2020, se crea la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, que aprobará los proyectos de inversión que desde el territorio presenten los representantes de los pueblos y comunidades debidamente inscritas en el Ministerio del Interior, según el siguiente Artículo.
Artículo 74. Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas. Es la responsable de definir los proyectos de inversión susceptibles de financiación con cargo al porcentaje de los recursos de la Asignación para la Inversión Local correspondiente a los Pueblos y Comunidades Indígenas. Esta instancia de decisión viabilizará, priorizará y aprobará los proyectos de inversión y designará la entidad ejecutora, en los términos señalados en la presente Ley.
